En una reunión conjunta de las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales, senadores entrerrianos abordaron el proyecto con media sanción de ley sobre Régimen Legal de Transparencia y Ética de la Función Pública. Participó como invitado el secretario de Justicia de la Provincia, Julián Maneiro, que destacó diversos aspectos de la norma que ya tiene media sanción de Diputados.
Maneiro calificó la instancia como «un fructífero intercambio de opiniones» y expresó: «He trasladado la posición del Poder Ejecutivo y de la Secretaría de Justicia respecto de este proyecto de ley, que consideramos muy importante y trascendente». Explicó luego que la iniciativa se enfoca en dos artículos de la Constitución provincial de 2008 que aún no han sido reglamentados y que resultan «necesarios para establecer los principios éticos que deben regir en la función pública de los tres poderes del Estado». En ese sentido, el secretario precisó que el texto contempla «reglamentaciones vinculadas a incompatibilidades, principios de comportamiento y presentación de declaraciones juradas de bienes».
Desde la Cámara alta advirtieron que la norma podría ser sancionada de forma definitiva en los próximos días.
Entre los puntos más relevantes de la iniciativa, que oportunamente fue detallada por Bicameral, se establece que los funcionarios y personas comprendidas en la ley deberán presentar «declaración jurada patrimonial integral y una declaración de funciones, dentro de los sesenta (60) días hábiles de la toma de posesión del cargo y, presentar una última declaración, dentro de los treinta (30) días hábiles desde la fecha de cesación en el cargo».
Esta declaración debe contener una nómina detallada de todos los bienes, créditos, deudas e ingresos, tanto en el país como en el extranjero, propios y gananciales, del declarante, de su cónyuge o conviviente, de sus hijos menores de edad emancipados.
Esto incluye bienes inmuebles, bienes muebles y otros bienes no registrables como «joyas y obras de arte, de valor». También títulos, acciones y demás valores cotizables en bolsa o distintos mercados, del mismo modo que participación en sociedades que no cotizan en bolsa o en explotaciones unipersonales. Además, se deberán consignar depósitos en cuentas corrientes o plazos fijos, ahorros en moneda, créditos, deudas, ingresos percibidos y otros.
Según establece el proyecto, se publicará el listado de personas que hayan cumplido e incumplido con la presentación de la declaración jurada establecida en esta ley, y estas declaraciones podrán consultarse en la web de la autoridad de aplicación.
En el mismo sentido, habrá intimaciones a quienes no hayan presentado en tiempo y forma la declaración jurada, como así también sanciones.
Otro capítulo importante de la iniciativa establece incompatibilidades para quienes se desempeñan en el Estado, obligando a los agentes a declarar a su vez sus otras actividades. A su vez, se precisa la prohibición de presentar candidatos con determinadas condenas, ya sean por delitos contra la administración pública, penales o económicos.