Proponen crear mecanismos institucionales para localidades que no tienen Juzgado de Faltas

Un proyecto de ley ingresado en la Cámara de Diputados de Entre Ríos propone que los intendentes de las ciudades donde no hay Juzgado de Faltas asuman provisoriamente el rol de ese organismo. Lo hace a través de una modificación de la Ley de Municipios 10.027, habilitando también la asociación entre comunas, con el objetivo de crear juzgados interjurisdiccionales.

Según la iniciativa, que fue ingresada por Lénico Aranda (Juntos por Entre Ríos) el presidente municipal asumirá las facultades garantizando el derecho a defensa y el debido proceso. "Las sanciones, su graduación, eximición, medidas accesorias y demás disposiciones que no se correspondan con la actividad procedimental o con el funcionamiento orgánico institucional de los Juzgados de Faltas, deberán ser definidas por el Municipio o Comuna correspondiente", se fija en el texto.

Según Aranda, el proyecto mejora la redacción del texto originario y habilita "la creación de juzgados de faltas interjurisdiccionales entre municipios y comunas, así como la posibilidad de ampliar el ámbito de competencia territorial de aquellos ya existentes en municipios de la Provincia, incorporándose expresamente a las comunas como sujetos habilitados para celebrar estos convenios, permitiendo así que estos puedan organizar en forma cooperativa el ejercicio de la potestad sancionatoria inherente a su jurisdicción".

Y agrega: "La reforma propuesta se inscribe y resulta coherente con el modelo constitucional entrerriano de autonomía local con cooperación interjurisdiccional, que emerge de los artículos 231, 232, 240 inciso 8°, 254 y 255 de la Constitución Provincial, los cuales reconocen la autonomía institucional de municipios y comunas y, simultáneamente, promueven su asociación para la atención de intereses comunes, sin alterar el contenido esencial de dicha autonomía".