Un proyecto de ley presentado por el senador provincial José Vergara (Juntos por Entre Ríos – Diamante) propone eliminar el tope de aportes de funcionarios y empleados municipales a sus cajas de jubilaciones, a través de una modificación del artículo 192 de la Ley de Municipios 10.027. Actualmente, se fija un piso del 12%, pero un techo del 16%, que ahora se borra en caso de que la iniciativa se apruebe.
"En la provincia de Entre Ríos existen actualmente veintidós Cajas de Jubilaciones y Pensiones municipales, cada una con realidades financieras, demográficas y actuariales distintas, lo que torna inconveniente la existencia de un límite uniforme e inflexible fijado por ley para todos los regímenes locales", indicó Vergara en los fundamentos. Y agregó que su norma propone eliminar el límite máximo, con el objeto de "otorgar mayor autonomía a los sistemas previsionales municipales y permitir que cada régimen pueda adecuar sus niveles de financiamiento conforme a sus necesidades económicas y financieras".
Dentro de sus argumentos, Vergara consideró que "la existencia de un tope legal rígido restringe la capacidad de las Cajas de Jubilaciones y Pensiones municipales para adoptar medidas destinadas a garantizar su sustentabilidad en contextos de aumento de la expectativa de vida, crecimiento de obligaciones previsionales y desequilibrios estructurales entre aportantes y beneficiarios".
Sobre el cierre, el legislador señaló que numerosos intendentes de la provincia, junto a autoridades vinculadas a las Cajas de Jubilaciones y Pensiones municipales, han manifestado la "necesidad de revisar el límite máximo actualmente previsto en la legislación vigente, entendiendo que dicha restricción limita las herramientas de financiamiento disponibles para afrontar los compromisos previsionales y fortalecer la sostenibilidad económica de los regímenes municipales". Y finalizó: "La eliminación del límite máximo no implica automáticamente un incremento de aportes, sino simplemente remover una restricción legal que hoy impide establecer porcentajes superiores cuando las circunstancias financieras o actuariales así lo requieran".