Un proyecto presentado en la Cámara de Diputados de la Nación por el exgobernador entrerriano Gustavo Bordet busca declarar la emergencia en materia financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) del país. Asimismo, se declara la suspensión por seis meses de los procesos judiciales y extrajudiciales de ejecución de deudas dinerarias, como así también todas las medidas cautelares, con el objeto de preservar la continuidad, el empleo y la estabilidad del tejido productivo nacional.
En el régimen, quedan comprendidas las personas jurídicas y físicas que desarrollen actividades económicas encuadradas en la categoría de pymes, conforme los parámetros establecidos por
la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento perteneciente al Ministerio de Economía. Además, se incluyen cooperativas de trabajo y emprendedores inscriptos en el Registro Nacional de Emprendedores. No obstante, no se suspenderán créditos alimentarios, obligaciones laborales ni deudas que sean tomadas luego de la entrada en vigencia de la norma, en caso de aprobarse.
Según el proyecto, el Poder Ejecutivo habilitará un programa de regularización de deudas tributarias y previsionales para las pymes alcanzadas, que contemple un plan de pago de hasta 60 cuotas, quitas sobre intereses resarcitorios y punitorios y acceso prioritario a través del Banco Nación, con líneas de crédito para recomposición del capital de trabajo.
En sus fundamentos, Bordet resaltó que las pequeñas y medianas empresas "constituyen el eje vertebral del tejido productivo nacional". Y destacó: "De acuerdo con datos del Ministerio de Economía y de organismos especializados, representan más del noventa y cinco por ciento (95%) de las empresas formales del país, generan aproximadamente el setenta por ciento (70%) del empleo privado registrado y aportan una porción significativa del Producto Bruto Interno. Su debilitamiento no es, por tanto, un fenómeno sectorial acotado: es una amenaza directa a la estabilidad social y económica del conjunto de la Nación".
El exgobernador argumentó, además: "La experiencia histórica argentina y el derecho comparado registran numerosos antecedentes en los que, ante situaciones de crisis generalizada, el Estado nacional ha intervenido mediante mecanismos transitorios de alivio financiero. Las moratorias impositivas, las reprogramaciones de deudas y las suspensiones de ejecuciones constituyen instrumentos jurídicamente válidos y constitucionalmente admisibles cuando se verifican circunstancias extraordinarias que afectan de manera sistémica a sectores productivos
estratégicos".