ATE rechaza el proyecto que establece cambios en la ley que regula la carrera asistencial sanitaria

El Senado de Entre Ríos le dio recientemente media sanción a un proyecto de ley, autoría del Poder Ejecutivo, por medio del cual se modifica la Ley Nº 9.892, que regula el Régimen Jurídico de la Carrera Profesional Asistencial Sanitaria en Entre Ríos.

La iniciativa que ahora deberá debatir Diputados fue analizada por referentes del sector sanitario de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), entidad que manifestó su "rechazo a las formas en que el Ministerio de Salud avanzó sobre una norma tan importante sin convocar a los sectores representantes de los profesionales como colegios y sindicatos".

"Además rechazamos la pretensión de aumentar la carga horaria y la ampliación de la jornada laboral a los días sábados y domingos, como pretende la nueva ley, lo que significaría un deterioro aún mayor en el salario ya degradado de los trabajadores profesionales de la salud. Coincidimos con la necesidad de ampliar la capacidad de cobertura por parte de los efectores de salud en función de las necesidades de la población, pero no a costa de los magros salarios de los trabajadores", indicaron.

Por otra parte, desde ATE se insta a "trabajar en las necesidades que tiene el sector y que han sido planteadas oportunamente a las autoridades" sanitarias de la provincia.

En este sentido, solicitaron "el urgente llamado a concurso de los cargos creados por Ley 11.038/22 y posterior designación interina mediante decreto 3827/23, convocando a discutir los criterios de los mismos a fin de garantizar la estabilidad laboral de los trabajadores que revisten años de suplentes en dichos cargos".

Desde el gremio adelantaron que harán llegar sus observaciones a la Comisión de Salud de la Cámara baja, donde actualmente se encuentra el proyecto.

El proyecto

Según sostiene la iniciativa a la que accedió Bicameral en sus fundamentos, resulta propicio modificar el art. 2º de la norma vigente a los fines de "eliminar de este modo la dispersión normativa y unificar la nómina de profesiones universitarias y técnicas que cumplen las condiciones para ser parte del régimen profesional asistencial sanitario, integrándolos de manera más armónica, sin que ello implique la consolidación de un sistema de número clausus, manteniendo la posibilidad de que en el futuro se incorporen nuevas carreras mediante el trámite administrativo de rigor".

El artículo en cuestión quedaría redactado de la siguiente manera: "Los Profesionales y Técnicos Universitarios, incluidos en el régimen de la presente Ley son los siguientes: Bioingenieros, Bioquímicos, Farmacéuticos, Fonoaudiólogos, Kinesiólogos, Licenciados en Administración Hospitalaria, Licenciados en Bioimágenes, Licenciados en Bioinformática, Licenciados en Kinesiología y Fisiatría, Licenciados en Musicoterapia, Licenciados en Tecnologías Médicas, Licenciados en Trabajo Social, Médicos, Médicos Veterinarios, Nutricionistas, Obstétricas, Odontólogos, Psicólogos, Psicopedagogos, Podólogos y Terapistas Ocupacionales. Las Tecnicaturas Superiores y Universitarias de Ciencias de la Salud incluidas en la presente Ley son: Técnicos en Acompañamiento Terapéutico, en Bioestadística, en Esterilización, en Hemoterapia, en Laboratorio, en Producción de Bioimágenes, Ópticos Técnicos Contactólogos, en Producción de Medicamentos, en Psicogerontología, en Mecánica Dental, en Instrumentación Quirúrgica y en Radiología".

"Podrá incluirse mediante Decreto del Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Salud de la Provincia, cualquier otra actividad Profesional o Técnica de acuerdo al desarrollo actualizado y científico de las funciones que se cumplen en los establecimientos Asistenciales y Sanitarios", agrega luego.

Además, fundamenta que el presente proyecto "prevé la modificación de la ubicación de los cargos y los requisitos para el ingreso a la carrera profesional asistencial sanitaria, en consonancia con las nuevas realidades y los desafíos que debe atender la carrera profesional", y alude a las dificultades que se presentan actualmente..

"Otra de las cuestiones medulares que resulta de imperiosa reforma versa sobre el Régimen de Concursos -previsto en el Titulo V de la Ley- y las demás normas sobre la materia que se encuentran de forma dispersa a lo largo del mismo texto legal, permitiendo dinamizar el procedimiento de selección y designación", señala.