Diputados aprobó la adhesión de Entre Ríos al Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales

La Cámara de Diputados de Entre Ríos dio media sanción este miércoles al proyecto que dispone el registro y la sanción de las empresas que incurran en los delitos de obstrucción a la inspección del trabajo, como así también de aquellas que tengan sentencias judiciales por relaciones laborales no reconocidas por el empleador, sanciones por infracciones a la prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente, y sentencias por infracción a la Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.

Esta acción se llevará adelante mediante la adhesión de la provincia al Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), creado en el título I de la Ley Nacional Nº 26.940 de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral. Además, el Estado provincial contará con sus propias herramientas para la sanción de estas situaciones en el ámbito del mercado del trabajo.

El proyecto es de autoría del diputado José Cáceres (Frente CREER), quien explicó que el objetivo es “avanzar en medidas ejemplificadoras que aporten a la promoción del trabajo registrado, la lucha contra el trabajo infantil, la protección del trabajo adolescente y la erradicación la trata laboral o como comúnmente se le llama, trabajo esclavo. Esta última, es una práctica aberrante, pero que lamentablemente sigue sucediendo en algunos lugares de trabajo. La provincia no está exenta de esta situación y ante ello debemos aplicar el mayor rigor legal”.

“Nuestra provincia tiene sus propias sanciones a las faltas mencionadas en el REPSAL, consistentes en multas, pero no está adherida al registro, por lo que la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, no aporta esa información acerca de las sanciones firmes por trabajo no registrado aplicadas en el territorio. Información con la que cuenta, pero al no estar sistematizada, son los organismos y empresas del Estado entrerriano quienes deben requerir a la Secretaría dicha información cada vez que se realiza un llamado a licitación o una contratación de cualquier tipo con el sector privado. Este proyecto tiende a sistematizar la información y hacerla más accesible”, explicó Cáceres.

“Nuestro país y nuestra provincia necesitan trabajo y producción para salir adelante, pero no a cualquier costo y menos aún, avanzando sobre los derechos de los más débiles”, finalizó.

El REPSAL, según se expresa en la página oficial: http://repsal.trabajo.gob.ar/, “es una herramienta de carácter público para enfrentar el empleo no registrado y promover el derecho a un trabajo digno con una remuneración justa, acceso a la seguridad social y a la representación sindical, y evitar la competencia desleal entre empresas.

En él se publican las sanciones firmes por trabajo no registrado aplicadas por el MPyT, la AFIP, autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. También las sanciones por obstrucción a la inspección del trabajo, sentencias judiciales por relaciones laborales no reconocidas por el empleador, sanciones por infracciones a la prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente, y las sentencias por infracción a la Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. El listado se actualiza diariamente.

Se incluye a los empleadores que al día de consulta presentan sanciones firmes originadas por infracciones no regularizadas o que, si bien si fueron regularizadas, permanecen en el Registro por un período que varía entre 30 días y tres años según la infracción, el momento en que se regulariza, el pago de la multa y la fecha de publicación.