El gobernador Rogelio Frigerio promulgó la ley que crea un régimen jurídico de gestión ambiental para las actividades económicas en la provincia, la cual fue publicada este jueves en el Boletín Oficial, según pudo corroborar Bicameral.
La iniciativa de 11 capítulos y 42 artículos, tiene por objeto establecer el régimen jurídico para la gestión ambiental de actividades económicas desarrolladas en el territorio provincial, garantizando principios y derechos. Se contemplan procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, participación ciudadana, se crea el Certificado Único Ambiental (CUA) y un Registro Provincial Ambiental; se estipulan acciones de fiscalización y monitoreo, infracciones y sanciones. Asimismo, se crea el “Fondo de Control y Fiscalización Ambiental” el cual estará destinado a financiar la implementación de las acciones previstas en la presente ley.
La iniciativa, que Frigerio había prometido durante la 21ª Jornada de la Industria, organizada por la Unión Industrial de Entre Ríos (UIER), ingresó a la Legislatura a mediados de octubre del año pasado y fue aprobada el 7 de enero de este año.
Este proyecto, según se remarcó oportunamente, es "fruto de un arduo trabajo, que demandó muchos meses" y entre los cambios plantea la derogación de la Ley N° 6260 de Prevención y Control de la Contaminación por parte de las Industrias, sancionada en 1978. Además, se "toma como base y se mejoran las previsiones contempladas en el Decreto N° 4977/09 GOB, a través del cual se aprobó la reglamentación de la Evaluación de Impacto Ambiental, buscando así dar un salto de calidad normativa".
Violencia digital hacia las mujeres
Además, el gobernador también promulgó una ley para prevenir la violencia digital hacia las mujeres, sancionada por el Senado el mismo día que la iniciativa ya mencionada.
El proyecto establece que la Provincia de Entre Ríos adhiere a lo dispuesto por la Ley Olimpia Nº 27.736 –violencia digital-, modificatoria de la Ley Nº 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Con 13 artículos, en el texto se especifican las competencias judiciales, y se establece que el Poder Ejecutivo “debe promover campañas anuales de concientización, sensibilización, abordaje y educación destinadas a toda la ciudadanía, para prevenir la violencia digital hacia las mujeres, cuerpos feminizados y personas LGBTIQ+”. Además se crea el “Programa de Prevención, Sensibilización y Concientización sobre Violencia de Género Digital”, cuya autoridad de aplicación será la Dirección de Mujeres de la Provincia de Entre Ríos, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano.