El Senado de Entre Ríos aprobó este miércoles el proyecto de ley por el que se reglamenta el artículo N° 117 de la Constitución Provincial, más precisamente en lo relativo a los pedidos de informes realizados por legisladores de ambas Cámaras. La iniciativa obtuvo media sanción y ahora será el turno de Diputados, donde también se discute un proyecto de similares características, autoría de Andrea Zoff.
Se trata de un proyecto de la senadora Claudia Silva (Más por Entre Ríos) que contó con el acompañamiento de su par Patricia Díaz.
“Si bien esta facultad está desde 1933, nunca había sido reglamentada. Con esta ley, ahora lo que tenemos es plazos claros para responder y una posibilidad de prórroga en caso de que sea necesario”, argumentó durante el debate.
Según pudo establecer Bicameral, si se aprueba este proyecto en la Cámara baja, las respuestas a los pedidos de informes deberán ser publicitadas. En su artículo 4, el texto señala: “Una vez recepcionadas las contestaciones a los pedidos de informes realizados; la Cámara solicitante deberá cargarla en su respectiva página web, a los efectos que la misma obtenga publicidad”.
Además, establece que el plazo de contestación es de 60 días, pudiendo prorrogarse 30 días más por algunas razones estipuladas. Si se incumple la respuesta, “quedará habilitada de manera directa la vía judicial para requerir la información interesada en el pedido”.
El texto original presentado oportunamente proyectaba “sanciones de apercibimiento y multa para el funcionario responsable del área ejecutiva requerida, generando de tal modo el compromiso de cumplir con la manda prevista en la Carta Magna”. El dinero recaudado por multas sería destinado para el Instituto Provincial de Discapacidad (Iprodi).
Este último aspecto, sin embargo, fue retirado del dictamen emitido por la Comisión de Legislación General el pasado 7 de mayo.
Los argumentos
Silva mencionó en los fundamentos que este proyecto “no es nuevo”, y señaló como antecedente una iniciativa presentada por el exsenador del actual oficialismo Nicolás Mattiauda. “En la actualidad sucede que muchos de los pedidos o no son contestados, o su contestación es extemporánea o carente de fundamentos”, indicó.
De acuerdo al argumento de la senadora, la posibilidad de acceso a la información pública que tienen los legisladores se encuentra establecida en la Constitución provincial desde el año 1933, manteniéndose en la reforma del año 2008. Sin embargo, apunta: “A pesar de que lleva casi un siglo con rango constitucional la facultad establecida en el aludido art. 117 de la Constitución de Entre Ríos, se hace necesario reglamentarla legalmente, disponiendo aspectos relevantes en orden a su tramitación, tiempo de respuestas y eventuales sanciones en supuestos de inacciones u omisiones en las respuestas de pedidos de informes”.