Un proyecto de ley de la diputada Mariana Farfán (Frente CREER) propone modificar cuatro artículos de la Ley Orgánica de los Municipios N° 10.027 para ampliar las atribuciones de los Concejos Deliberantes en el período de prórroga de las sesiones ordinarias.
La iniciativa, a la cual accedió Bicameral, ingresó este viernes a la Cámara baja de la provincia y cuenta con el acompañamiento de parte del bloque oficialista.
En los fundamentos, el proyecto de Farfán señala que “la regulación de la prórroga de las sesiones ordinarias ha sido motivo de debates y críticas”, encontrándose dificultades cuando es el propio cuerpo quien la propone, ya que “se limitan inexplicablemente las atribuciones” del Concejo durante ese período.
Debe destacarse que fueron muchos los cuerpos deliberativos de municipios entrerrianos que extendieron su trabajo a fines del año pasado, fundamentalmente por el contexto de pandemia que alteró los cronogramas y para hacer frente a necesidades de los ejecutivos locales.
“En la práctica sucede queen este periodo ‘especial’ de prórroga ingresan por la Secretaría del CD (Concejo Deliberante) variados expedientes, tanto del DEM (Departamento Ejecutivo Municipal) y de los bloques de Concejales como de los particulares. Estos expedientes no pueden ser tratados hasta el inicio de las sesiones ordinarias, por no haber sido ‘incluidos’ enla ordenanza de prórroga”, destaca.
“Por ello proponemos una mayor autonomía en las atribuciones del órgano legislativo, que implique ampliar la posibilidad de aquel de tratar más asuntos y durante más tiempo. Proponemos, entonces, disponer que cuando sea el propio CD quien aprueba la prórroga de las sesiones ordinarias, el plazo no se limite a sesenta (60) días sino hasta el máximo de inicio de las sesiones ordinarias. Y que, además, el CD conserve las mismas e idénticas atribuciones y facultades que corresponden al período ordinario”, argumenta.
Por otro lado, el proyecto busca “prever expresamente que durante del receso pueda convocarse enforma especial a la comisiones para tratar los asuntos que sus miembros propongan”, para que de esta manera pueda solicitarse que “los despachos emitidos sean tratados en las sesiones extraordinarias correspondientes”.