Una reunión conjunta de las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales y Acuerdos consensuó la firma de dictamen con modificaciones al Régimen Legal de Ética y Transparencia de la Función Pública, iniciativa del Poder Ejecutivo que contaba con media sanción. El proyecto de ley ingresará en la próxima sesión del Senado para ser votado posteriormente, y enviado en revisión a la Cámara de Diputados.
El encuentro estuvo encabezado por los presidentes de ambas comisiones, Nancy Miranda (Federal – Frente Cimarrón), y Juan Pablo Cosso (Villaguay – Más para Entre Ríos), y participaron los senadores Marcelo Berthet (San Salvador – Más Para Entre Ríos), Gladys Domínguez (Feliciano – Peronismo Federal), Rafael Cavagna (Nogoyá – Juntos por Entre Ríos), Claudia Silva (Paraná – Más para Entre Ríos), Víctor Sanzberro (Victoria – Más Para Entre Ríos), Juan Conti (Tala – Más Para Entre Ríos), Gustavo Vergara (Diamante – Juntos por Entre Ríos) y Jaime Benedetti (Gualeguaychú – Juntos Por Entre Ríos).
El proyecto que contiene el Régimen Legal de Ética y Transparencia de la Gestión Pública, reglamenta los Artículos 37 y 40 de la Constitución de Entre Ríos, y tiene por objeto regular las normas de conducta que deben regir en el ejercicio de la función pública.
En el encuentro de trabajo llevado adelante en el segundo piso de Casa de Gobierno, se presentó un texto final con las modificaciones ya consensuadas.
El senador Cosso manifestó que “estamos muy conformes con el dictamen porque hemos arribado a un consenso”. Detalló que las modificaciones “principalmente tienen que ver con la parte de las declaraciones juradas, la modalidad, el detalle de los bienes, que estará dividida en dos, una parte pública y una parte confidencial y privada”. En relación a ficha limpia “se hizo una enumeración nueva con delitos incorporados, con aportes de la senadora Patricia Díaz, y por otro lado se garantiza el doble conforme, la condena tiene que estar revisada por dos instancias”.
Díaz, como consignó este medio, se ha mostrado crítica de la iniciativa, replicando en la Legislatura los argumentos que su esposo, el intendente de Santa Elena Domingo Daniel Rossi, ha hecho en medios.
El presidente de Asuntos Constitucionales y Acuerdos enfatizó que “se tomaron aportes de los bloques y hemos tenido un ida y vuelta muy importante con el secretario de Justicia, Julián Maneiro, entre todos hemos podido llegar a un consenso para hacer la mejor ley posible, si bien hay algunas modificaciones que a nosotros nos hubiera gustado que estén y no se incorporaron, entendimos la necesidad de apoyar esta ley que fue enriquecida, para que pueda salir”.
Cosso explicó que “hoy firmamos el dictamen, ingresará en la próxima sesión y se votará calculo en la sesión del 11 de noviembre, volverá a Diputados donde tendrán que definir si aceptan estas modificaciones”.
Cabe agregar que la senadora Patricia Díaz (La Paz – Hacer Futuro), que no estuvo presente en la reunión de comisión, presentó por mesa de entradas de la Cámara de Senadores un texto propio que fue incorporado al expediente N° 26.785.
El dictamen firmado este miércoles tiene cuatro capítulos, cuatro títulos, y 39 artículos.
En el primer artículo se establece que la presente Ley es reglamentaria de los Artículos 37 y 40 de la Constitución de Entre Ríos y tiene por objeto regular las normas de conducta que deben regir en el ejercicio de la función pública. Tiene como finalidad brindar publicidad y transparencia a los actos de la función pública, asegurar la idoneidad y ficha limpia de quienes la ejercen.
Establece un conjunto de deberes, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial, ya sea designado o elegido popularmente, en forma permanente o transitoria, por concurso o por cualquier otro medio legal de acceso, sea honorario o remunerado, al servicio o en nombre del Estado provincial, en cualquiera de sus tres poderes, órganos de control, entes autárquicos, descentralizados, empresas, organismos, reparticiones u oficinas de cualquier naturaleza, comprendiendo también a los municipios, comunas, juntas de gobierno y cualquier otro organismo y/o empresa o entidad de derecho público o de derecho privado, con participación mixta, mayoritaria o minoritaria, de la que el Estado provincial, municipal o comunal se valga para sus actividades, cometidos u objetivos públicos, sin perjuicio de las normas especiales que otras leyes establezcan en situaciones particulares o similares para algunos funcionarios y empleados públicos en particular.










