La oposición hace números para tratar la Ley de Alquileres en Diputados

Los jefes de los bloques de Juntos por el Cambio de la Cámara de Diputados, junto a algunos espacios provinciales, mantuvieron conversaciones sobre la convocatoria a sesionar el próximo miércoles 23 en la Cámara de Diputados, donde está previsto retomar el debate por la Ley de Alquileres. En el encuentro, realizado por Zoom, se definió que sostendrán la convocatoria realizada el pasado 5 de julio y volverán a contactarse para evaluar si consiguen o no el número para dar por abierta la reunión, es decir, si pueden alcanzar el quórum con 129 presentes.

Con los mayores esfuerzos, logrando que todos sus integrantes estén sentados en el recinto, Juntos por el Cambio suma 117, el interbloque Federal ocho y el interbloque Provincias Unidas, cuatro. El total da 129. Pero, por fuera, también están los dos legisladores del bloque SER y el neuquino Rolando Figueroa, además de los tres liberales Milei, Victoria Villarruel y Carolina Píparo. Milei fue uno de los presidentes de bloque que firmó el pedido de citación. Por otro lado, se estima que al igual que el Frente de Todos, el Frente de Izquierda no dé quórum.

Dirigentes de la oposición consultados por Bicameral reconocieron que aún no está confirmada la sesión, pero que “ellos irán” y buscará empujar que se apruebe su dictamen de minoría. La polémica pasa por el artículo 6 de ese texto, donde quedó fijado que “se podrán realizar ajustes con la periodicidad que acuerden las partes, por intervalos de entre 3 y doce 12 meses”. Ese fue uno de los puntos que, hace ya más de un año atrás, hizo caer con fuerza la posibilidad de avanzar en el recinto porque, tras la discusión en comisiones, hubo diputados de bloques federales que no quedaron conformes con esa redacción. Para un grupo de legisladores ese plazo de tres meses es muy poco, pero los que pujan fuerte para que se mantenga ese tiempo como piso son los representantes del PRO.

Los dictámenes

El dictamen de mayoría del Frente de Todos revindica la ley actual, al mantener el plazo de tres años en los contratos, como así también el índice para la actualización de los alquileres en base a una fórmula que combina IPC y Ripte. Asimismo, otorga más facilidades para los inquilinos en la presentación de garantías, consignó Parlamentario.

En el capítulo de incentivos fiscales, propone una reforma en el régimen de monotributo para beneficiar a monotributistas que tengan más de tres unidades de explotación; incorpora al régimen de la Ley de Incentivo a la Construcción los inmuebles que durante 12 años estén destinados al alquiler y “siempre que dichos contratos de locación se encuentren registrados”; y exime del impuesto a los Bienes Personales a aquellas propiedades cuyo valor resulte igual o inferior a 30 millones de pesos, el mínimo no imponible para esa categoría.

Por su parte, el dictamen de minoría vuelve a dos años el plazo mínimo legal de los contratos. En cuanto al precio del alquiler, deberá “fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes, por intervalos de entre 3 y 12 meses”.

Asimismo, agrega que para los ajustes, las partes “deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y/o el Índice de Salarios (IS)” elaborados por el INDEC, “o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

En relación a los beneficios fiscales, similares a los del oficialismo, la iniciativa contempla una reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.

También exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y contempla una modificación al impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.