Proponen suspender la coparticipación a comunas que no rindan sus cuentas en tiempo y forma

Un proyecto del diputado Leonardo Silva (Frente CREER) propone modificar la Ley de Régimen Comunal para que haya sanciones dirigidas a aquellas comunas que no informen oportunamente sus cuentas a los organismos pertinentes.

La iniciativa propone modificar el texto del art. 13º de la Ley 10.644 Régimen Comunal, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 13º: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, el Poder Ejecutivo podrá suspender la participación en Impuestos Nacionales y Provinciales de las Comunas que no den cumplimiento a las normas de la Ley Nacional N.º 23.548 o de toda otra que en el futuro la modifique, sustituya o complemente, o a las decisiones de la Comisión Federal de Impuesto, o a las disposiciones del Artículo 30º inciso g) de la Ley 10.644 del Régimen Comunal”.

Se trata de una iniciativa ingresada esta semana a la Cámara de Diputados, luego del receso, por parte de un legislador que viene coordinando las reuniones de comisión donde se debaten las modificaciones a la Ley de Municipios.

Según el proyecto, en caso de incumplirse los requisitos estipulados, “el Tribunal de Cuentas de la Provincia comunicará a la Contaduría General de la Provincia la falta de cumplimiento, de conformidad a la normativa renditiva emanada del propio Organismo de Control Externo, de manera que la suspensión de la coparticipación a las Comunas informadas como pendientes de rendición, se efectúe en la siguiente proporción: la falta de presentación de la rendición al 30/6 del año siguiente al período que la misma refiere, habilitará la retención del 25% de la Coparticipación Nacional y Provincial correspondiente a la comuna incumplidora, si la comuna sigue incumpliendo al 30/8 la retención se incrementará al 50% y si al 30/9 la comuna continúa sin presentar la rendición, la retención será del 100”..

“Subsanada la situación que provocó la retención, e informada la misma a la Contaduría General de la Provincia, este último organismo comunicará inmediatamente a la Tesorería General de la Provincia, la que dentro de los diez (10) días hábiles procederá a efectuar la transferencia de los fondos retenidos, sin actualización ni interés de tipo alguno“, señala la iniciativa a la que accedió Bicameral.

En sus fundamentos, el proyecto de Silva señala que “actualmente, la Ley de Coparticipación a Comunas no prevé una sanción, como si lo establece el Artículo 7º de la Ley N.º 8.492 de Coparticipación a Municipios, ante casos de falta de presentación de rendición anual ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Esta situación, entre otras causas, ha generado que las Comunas no presenten las rendiciones dispuestas por el Artículo 30º inciso g) de la Ley 10.644 del Régimen Comunal”.