Obtuvo media sanción el proyecto para definir el calendario electoral en Entre Ríos

La Cámara de Diputados de Entre Ríos aprobó este martes por la noche el proyecto que establece condiciones en torno a las fechas de elecciones en la provincia en caso de que el Poder Ejecutivo decida desdoblarlas de las nacionales.

El proyecto dispone que si el gobernador decide votar por separado del calendario nacional, se irá a las urnas el último domingo de julio (PASO) y el último domingo de septiembre (Generales) a optar por cargos provinciales y municipales.

Con este calendario, en caso de desdoblar, el 27 de abril será el último día para que el gobernador Gustavo Bordet pueda llamar a elecciones, mientras el 10 de junio se daría el cierre de listas para votar en primarias el 30 de julio y el 24 de septiembre.

La iniciativa fue elaborada por el presidente del cuerpo, Ángel Giano, y contó con el acompañamiento de diputados del bloque oficialista y de Juntos por Entre Ríos.

Los diputados radicales que responden al sector de Pedro Galimberti, ellos son Gustavo Cusinato, Lucía Varisco y Julián Maneiro, se diferenciaron del flamante interbloque alineado con Rogelio Frigerio, cuestionando la iniciativa.

“Remitimos a su consideración el presente proyecto de Ley, que propone modificar la fecha de las elecciones en la Provincia primarias (P.A.S.O.) y las generales, situando ambas en el último domingo de julio y último domingo de septiembre del año en que se convoquen las elecciones generales por parte del Poder Ejecutivo Nacional“, dice el proyecto.

Asimismo, cabe destacar, la norma deja abierta la posibilidad de que el mandatario establezca “pegar” los comicios a los nacionales, con lo cual en vez de ir cuatro veces a votar sólo se iría en dos ocasiones a elegir cargos provinciales y nacionales, el tercer domingo de agosto y el tercer domingo de octubre.

“Encontrándonos en un marco de gestiones post pandemia podemos prever en las normas electorales una concentración de fechas que sitúe las elecciones primarias y generales en coincidencia con las nacionales o bien en fecha cercana, entre los meses de julio a octubre de 2023, lo cual, a efectos del funcionamiento del Estado y de las distintas gestiones y del propio electorado, hará que se concentren recursos entre esos meses, abarcando las campañas menor tiempo, lo cual redunda en beneficio de la ciudadanía toda y de las gestiones de gobierno tanto provincial como municipales y comunales”, señala Giano entre los fundamentos.

Desde el punto de vista técnico, el proyecto dispone la modificación del Artículo 2° de la Ley 9.659 conforme la redacción dada por el Artículo 2° de la Ley 10.357 y Ley 10.615, que habla de la convocatoria a elecciones.