Dictaminaron el proyecto para eliminar pensiones vitalicias a gobernadores

La Comisión de Legislación General del Senado firmaron el dictamen favorable al proyecto de ley por el que se deroga la pensión vitalicia para exgobernadores y exvicegobernadores, que llegó hace un largo tiempo con media sanción. Fue con modificaciones y, por ende, en caso de ser aprobada en el recinto va a volver a la Cámara de Diputados, donde podría ser sancionada de forma definitiva.

De acuerdo al texto final, se deroga la actual Ley N° 4.506 y sus modificatorias. Asimismo se estipula que ningún funcionario o empleado público provincial, municipal o comunal podrá ser beneficiario de pensiones especiales o graciables otorgadas por la Provincia que no provengan del sistema de jubilaciones ordinario, a excepción de las que provengan de la Ley N° 7.849 de Mérito Cultural y la Ley N° 9.216 de Héroes Entrerrianos Veteranos de Malvinas.

En el tercer artículo dispone que los beneficios reconocidos durante la vigencia de la Ley N° 4.506 y sus modificatorias continuarán abonándose como igualmente en caso del fallecimiento del titular, se abonarán al cónyuge o a los hijos hasta la mayoría de edad. El artículo cuarto habla de incompatibilidades y procedimiento: la percepción de las pensiones otorgadas durante la vigencia de la Ley N° 4.506 y sus modificatorias resultará incompatible con la percepción actual o futura de beneficios asistenciales o graciables de cualquiera de los regímenes vigentes y con la percepción de retribuciones, honorarios, sueldos o dietas provenientes de todo tipo de relación laboral o contractual con el Estado.

En la norma, se deja sentado que el beneficiario deberá solicitar la suspensión del beneficio hasta la finalización de su gestión o contratación, o bien optar por el cobro de aquél, renunciando a toda remuneración o asignación dineraria por el cargo desempeñado, comunicando su opción a la autoridad encargada de liquidar el beneficio o la remuneración, según el caso. "Si el beneficiario no ejercitare la opción, el beneficio se suspenderá de oficio, debiendo restituirse a la Caja de Jubilaciones y Pensiones la suma percibida desde que la incompatibilidad se haya producido, con más sus intereses legales. A tal efecto, el acto administrativo que disponga la suspensión será título ejecutivo suficiente para el cobro de la deuda liquidada", indica la normativa.

Los argumentos

En sus fundamentos, se señala que para el Poder Ejecutivo “resulta imperioso terminar con las llamadas ‘jubilaciones de privilegio’, en particular la que establece un beneficio especial para los ex gobernadores y vice gobernadores de nuestra provincia” y sostiene que “la existencia de este régimen especial, se encuentra hoy en tensión con criterios igualitarios de los que es tributario la ética pública contemporánea, que demanda políticas activas que efectivicen el principio de igualdad ante la ley, entre los ciudadanos y sus gobernantes”.

“Debe observarse también, que el sistema general de jubilaciones y pensiones de nuestra provincia, se encuentra atravesado por una grave crisis económica, signado por un marcado déficit de sus cuentas, mientras simultáneamente, subsisten sistemas como el analizado. La existencia de privilegios en el contexto económico señalado, hiere el sentido común ciudadano, generando desconfianza, incredulidad y la falta de apego a las normas”, remarca el proyecto.