Los detalles del proyecto que busca terminar con las “jubilaciones de privilegio” para gobernador y vice

Finalmente el gobernador Rogelio Frigerio envió a la Legislatura una serie de leyes que van en sintonía con los anuncios realizados durante su acto de asunción. Junto a un proyecto de ley de transición y a otro de acceso a la información pública, ingresó a la Cámara de Diputados una iniciativa que busca poner fin a las llamadas “jubilaciones de privilegio” otorgadas a gobernadores y vicegobernadores con mandato cumplido.

La iniciativa a la que accedió Bicameral establece claramente incompatibilidades y motivos de caducidad para el beneficio, pero permite su continuidad para quienes ya percibían este ingreso.

En sus fundamentos, se señala que para el Poder Ejecutivo “resulta imperioso terminar con las llamadas ‘jubilaciones de privilegio’, en particular la que establece un beneficio especial para los ex gobernadores y vice gobernadores de nuestra provincia” y sostiene que “la existencia de este régimen especial, se encuentra hoy en tensión con criterios igualitarios de los que es tributario la ética pública contemporánea, que demanda políticas activas que efectivicen el principio de igualdad ante la ley, entre los ciudadanos y sus gobernantes”.

“Debe observarse también, que el sistema general de jubilaciones y pensiones de nuestra provincia, se encuentra atravesado por una grave crisis económica, signado por un marcado déficit de sus cuentas, mientras simultáneamente, subsisten sistemas como el analizado. La existencia de privilegios en el contexto económico señalado, hiere el sentido común ciudadano, generando desconfianza, incredulidad y la falta de apego a las normas”, remarca el proyecto.

En este sentido, el proyecto deroga la la ley 4.506 y sus modificatorias, estableciendo sin embargo que “los beneficios reconocidos durante la vigencia” de esta normativa “continuarán abonándose”, excepto cuando el beneficiario perciba otros beneficios previsionales o asistenciales, o al recibir “retribuciones, honorarios, sueldos o dietas provenientes de todo tipo de relación laboral, contractual o las que sean consecuencia del ejercicio de cargos electivos”. En este caso, se deberá pedir la suspensión hasta la finalización de este contrato o relación laboral.

“Si el beneficiario no ejercitare la opción, el beneficio se suspenderá de oficio, debiendo restituirse a la Caja de Jubilaciones y Pensiones la suma percibida desde que la incompatibilidad se haya producido, con más sus intereses legales”, señala la norma que buscará aprobar la Legislatura.

También es motivo de suspensión del beneficio que se reciba en segunda instancia una condena penal por delitos contra la administración pública, delitos económicos, contra la integridad sexual u otros.