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Alquileres, Defensa al Consumidor y movilidad: promulgaron tres importantes ordenanzas en Paraná

El Poder Ejecutivo local promulgó distintos proyectos de ordenanza aprobados recientemente en el Concejo Deliberante de Paraná, por lo cual quedan vigentes las nuevas reglamentaciones.

Según pudo saber Bicameral, se trata por un lado de la ordenanza que crea el Régimen Municipal de Garantías para el Acceso al Alquiler de Vivienda Única Familiar, denominado “Régimen Garantía Paraná”, como una herramienta pública destinada a "reducir las barreras de ingreso al mercado formal de alquileres en la ciudad".

De acuerdo a la iniciativa que oportunamente reprodujo Bicameral, "no se trata de intervenir en los contratos privados ni de reemplazar al mercado, sino de construir instrumentos que conecten necesidades sociales concretas con actores capaces de aportar soluciones".

El régimen contaría con un cupo máximo de trescientas garantías locativas por año, aunque el Ejecutivo podrá proponer la ampliación del cupo previa evaluación técnica, social y presupuestaria. Además, se dispone que la asignación de cupos deberá garantizar "criterios de equidad y transparencia".

Cabe recordar que la iniciativa fue aprobada con los votos del oficialismo, sin el acompañamiento de los bloques de la oposición.

Por otro lado, se promulgó también el pasado viernes el proyecto de ordenanza que establece requisitos para circular en monopatines eléctricos, bicicletas eléctricas, segways y otros vehículos de movilidad personal. La ordenanza crea un registro municipal, obliga a contratar un seguro y prevé multas para quienes incumplan las normas.

Defensa al Consumidor

El texto aprobado y promulgado, por otra parte, propone delimitar cambios para establecer las funciones y el procedimiento administrativo del Organismo de Defensa del Consumidor, buscando "la efectiva implementación en el ámbito de la ciudad de Paraná de la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios".

La flamante ordenanza se recuesta sobre los derechos reconocidos en el Artículo 42º de la Constitución Nacional, en la Ley Nacional de Defensa del Consumidor Nº 24,240, su Decreto Reglamentario Nº 1786/99, Ley Provincial Nº 8973, su decreto reglamentario, disposiciones complementarias y normas que en su consecuencia se dicten, incorporando la tramitación digital de los expedientes.

En relación a la ordenanza en vigencia, señalan que "su texto responde a una lógica procedimental propia de una administración predominantemente presencial, escrita y basada en notificaciones tradicionales, distinta del modo en que actualmente se desarrolla la gestión pública municipal y, en particular, el trámite de los reclamos de consumo".

Los detalles en la siguiente nota:

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