Diputados retoman el debate del proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública

La Cámara de Diputados volverá a tratar esta semana el proyecto de Régimen Legal de Acceso a la Información Pública, una iniciativa anunciada por el gobernador Rogelio Frigerio durante su acto de asunción que ingresó a comienzos de enero a la Cámara.

Se trata del segundo encuentro de comisión para debatir esta iniciativa que tiene como objetivo “garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso informal y gratuito a la información pública, completa, veraz, adecuada y oportuna, que estuviera en poder de cualquiera de los poderes u órganos, entes o empresas del Estado, municipios, comunas y universidades”.

El encuentro tendrá lugar el martes desde las 13 horas en el marco de la reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento, que preside Gabriela Lena (UCR – Juntos por Entre Ríos).

El proyecto

Según establece el proyecto al cual accedió Bicameral, para tal fin se crea la Oficina de Acceso a la Información Pública (OAIP), la que funcionará en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Trabajo del Poder Ejecutivo Provincial, hoy en manos de Manuel Troncoso.

Estarán obligados a brindar la información requerida los tres poderes del Estado, como así también las empresas y sociedades del Estado entrerriano, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado provincial tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

La normativa alcanza también a otras empresas con participación estatal minoritaria, municipios, juntas de gobierno, organizaciones empresariales, partidos políticos, sindicatos, universidades y cualquier entidad privada a la que se le hayan otorgado fondos públicos del Estado provincial. También se incluye al agente financiero provincial, entre otros.

Hay algunas excepciones, entre ellas la información “expresamente clasificada como reservada o confidencial o secreta declarada por ley o resolución administrativa, fundada en razones de seguridad o salubridad pública”, entre otras.

Según establece la iniciativa, se debe satisfacer toda solicitud de información pública requerida en los términos de la presente ley en un plazo no mayor de 15 días hábiles, desde su presentación por el solicitante ante el sujeto obligado. El organismo requerido podrá prorrogar el plazo en forma excepcional por otros 15 días hábiles de mediar circunstancias que hagan razonablemente difícil reunir la información solicitada.

El sujeto requerido sólo podrá negarse a brindar la información objeto de la solicitud, por acto fundado, si se verificara que ésta no existe y que no está obligado legalmente a producirla o que está incluida dentro de alguna de las excepciones previstas en el artículo 8° de la presente ley.

“En el caso de que el solicitante considerare que su petición ha sido denegada en forma infundada o que la información suministrada no es completa y suficiente podrá promover acción judicial de amparo de conformidad con lo establecido en el artículo 56º, segundo párrafo de la Constitución Provincial, la que deberá ser interpuesta dentro de los treinta (30) días corridos desde que fuera notificada la resolución denegatoria de la solicitud o desde que venciera el plazo para responderla, o bien, a partir de la verificación de cualquier otro incumplimiento de las disposiciones de esta ley”, establece el proyecto.