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La reforma previsional ya tiene dictamen de Diputados: cuándo llega al recinto

La Cámara de Diputados de Entre Ríos terminó de debatir y firmó dictamen del proyecto de Reforma Previsional este jueves por la mañana en un plenario de las comisiones de Presupuesto y Previsión Social. Fue horas después de que la iniciativa con media sanción ingresara en una sesión especial, en la que además se aprobó el proyecto de alivio fiscal para pequeños contribuyentes.

En la Cámara Baja se esperaba que el debate sea expeditivo. Por las comisiones pasaron, en una primera instancia, gremios docentes, sindicatos de estatales y referentes de judiciales, empleados viales y agentes del Poder Legislativo. Este jueves fue el turno del presidente de la Asociación de la Magistratura de Entre Ríos, Alejando Cánepa; y del fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, quienes brindaron miradas encontradas sobre el texto.

Si bien se escucharon todas las voces, Juntos por Entre Ríos no tenía intenciones de modificar la ley, a menos que hubiera algo muy puntual que tuviera que ser corregido. Cualquier cambio hubiese dilatado los planes de la gestión provincial de tener la norma aprobada antes de agosto. En el organigrama de Casa Gris, este jueves había dictamen y la semana próxima una doble sesión para culminar el proceso de discusión dentro de la Legislatura. Todo indica que el martes ingresará el dictamen y el miércoles se aprobará, pero aún no hay definiciones al respecto.

Los detalles del proyecto

El proyecto con media sanción al que accedió Bicameral declara el estado de emergencia económica y financiera, "configurativo de causal de fuerza mayor y con carácter de orden público, del sistema previsional provincial, a los fines de restaurar su equilibrio, resguardar su sustentabilidad y la sostenibilidad de los fondos previsionales", por el plazo de dos años, prorrogables por dos años más por el Poder Ejecutivo.

En razón del estado de emergencia declarado y con el fin de mantener sostenimiento del régimen previsional provincial, se establece un aporte personal extraordinario del tres por ciento (3%), que se calculará sobre el total de la remuneración bruta liquidada al personal en actividad, quedando exceptuados quienes perciban haberes menores a $3.000.000.

Además, incrementa también en un 3% los aportes patronales, reduciéndola al 1,5% para aquellos sectores "que no resultan deficitarios". Se trata de uno de los puntos que más quejas despertó en los gobiernos locales, que deberán hacer mayores erogaciones a la Caja sin ser los jubilados municipales los principales causantes del déficit, según argumentaron varios intendentes.

La jubilación se calculará sobre un 82% en relación a los últimos 15 años de aportes. Actualmente ese plazo es de 10 años, pero el proyecto original pretendía llevarlo a 20 años. "Los haberes de los beneficios serán móviles, en relación con los incrementos salariales que acuerde el Poder Ejecutivo en la paritaria con el escalafón con mayor cantidad de aportantes del Estado Provincial, alcanzados por el régimen de la presente ley; o, en su defecto, en relación a los incrementos salariales que se dispongan mediante decreto del Poder Ejecutivo", precisa el texto.

Como se adelantó, la reforma lleva la edad jubilatoria a los 65 años para varones y a 60 para mujeres, con 35 años de aportes.

En el caso de los docentes, los afiliados se podrán jubilar con 54 o 52 años de edad, según se trate de varones o mujeres respectivamente, y 25 años de servicios. Se sostiene a su vez el régimen de discapacidad de 45 años para la edad de jubilación con 20 de aportes, y diversos regímenes especiales.

Sin embargo, quienes acceden a este tipo de jubilaciones no lo harán con la totalidad de su haber: "En todos los supuestos, quienes accedan al beneficio deberán continuar efectuando el aporte personal solidario previsto en esta ley y su reglamentación, hasta tanto reúnan el requisito de edad establecido para el acceso a la jubilación ordinaria común contemplada en esta ley. Dicho aporte previsional tendrá carácter solidario y se destinará al financiamiento del sistema. Cumplido dicho requisito para acceder a la jubilación ordinaria común, cesará la obligación de efectuar el aporte", reza la norma.

La suba en la edad jubilatoria será progresiva y comenzará a regir recién a partir del 1° de enero de 2031, a razón de medio año de edad por año calendario. Es decir, quien, quienes se jubilen recién en 2039 lo harán a los 60 años, en el caso de las mujeres, o de 65 años, en el caso de los hombres. Mientras, se establece una suba escalonada y gradual.

El aporte solidario previsional progresivo, que deben realizar los beneficiarios de la jubilación ordinaria especial se aplicará para los beneficios otorgados a partir del 1° de enero de 2028.

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